CONTRATO DE PROMESA DE COMPRAVENTA DE DEPARTAMENTO / CASA (EL VENDEDOR PAGANDO CRÉDITO HIPOTECARIO Y EL COMPRADOR COMPRA CON CRÉDITO HIPOTECARIO)

$16.990

CONTRATO DE PROMESA DE COMPRAVENTA DE DEPARTAMENTO / CASA

En este contrato el vendedor está pagando crédito hipotecario y el comprador compra con crédito hipotecario.

Nuestra misión es que recibas un contrato lo más completo posible, para efectos de que evites futuros problemas en interpretaciones por cada parte. Por ejemplo: compra en pesos o en UF, si es en UF cuando se convierte a pesos; quién paga los documentos para el estudio de títulos; quién paga la escritura, instrucciones, e inscripción; cuándo se entrega la propiedad, dejar o no multas (qué montos), etc.

Este documento lo podrás obtener de forma rápida y a un bajo costo. Está diseñado para un acuerdo directo entre las partes, sin intermediarios.

 

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Descripción

Preguntas Frecuentes

PREGUNTAS FRECUENTES PARA EL CONTRATO DE PROMESA DE COMPRAVENTA

  • El contrato de promesa de compraventa está diseñado para casas y departamentos.
  • Lo pueden usar para un comprador que compra al contado o con crédito hipotecario y para un vendedor que tenga o no deuda hipotecaria.
  • No tiene cláusula de comisión de corretaje. Los contratos están diseñados para el apoyo de las personas (no corredores) que desean generar un contrato de promesa de compraventa entre el vendedor y el arrendador. Te ofrecemos nuestro servicio de corretaje normal para la venta en la RM y Viña del Mar; y el servicio de asesoría para todo Chile si eres el vendedor (y ya tienes al comprador) o eres el comprador (y ya tienes negociada la propiedad que deseas comprar).
  • La persona que firmará el contrato debe ser el (los) vendedor (es) y el (los) comprador (es) de la propiedad. Si alguno de los que firma firmará en representación es necesario agregar el poder de representación. Igualmente, este contrato es posible firmarlo digitalmente, por lo cual se facilita dicha firma. El contrato no viene con representación a otra persona.

Si desea agregar alguno de estos puntos o desea que nosotros realicemos el contrato con las especificaciones particulares que usted necesite el costo es de $50.000.- (con 2 instancias de cambios solicitadas por el cliente). Por favor envíe un correo a juan.pedrero@corredorpro.cl solicitando su requerimiento. Nosotros nos contactaremos con usted en 24 horas (de lunes a viernes en horario de oficina).

Debes tener en cuenta la siguiente información para que puedas completar el contrato que compraras. Datos del comprador (es) y vendedor (es), precio de venta, si el vendedor tiene o no deuda hipotecaria, si el comprador tiene o no crédito hipotecario para dicha compra, monto del crédito y del pie, datos de la propiedad a vender, etc. A medida que vayas llenando el contrato te realizaremos consultas las cuales tienen alternativas para responder y nuestra recomendación de alternativa y porque realizamos esta recomendación. De esta forma buscamos ayudarte a que el contrato sea lo más completo posible disminuyendo al máximo el riesgo de posibles controversias por interpretaciones no expuestas al inicio.

Luego del pago del contrato tienes 2 semanas para poder cambiar lo que gustes, tienes hasta dos descargas por documento pagado.

En la cláusula primera del contrato te solicitamos la dirección, comuna, región y número de Rol; si bien, con estos datos queda individualizado el inmueble, sería ideal que agregues los datos de la inscripción vigente del Conservador de Bienes Raíces respectivo. Estos datos los consigues en el Dominio Vigente de la propiedad.

Para obtener el Dominio Vigente respectivo debes ir al Conservador de Bienes Raíces respectivo ya sea por internet o presencialmente y con los datos del dueño y año de compra del Inmueble, solicitar el dominio vigente. En este documento encontraras las fojas, número y año de la propiedad.

Agrega en la cláusula primera, luego de Inmueble, “La propiedad se encuentra inscrita a fojas XXXXX, número XXXX del año XXXX del Conservador de Bienes Raíces de (agregar la comuna del conservador).”

Si quisieras ser más específico, podrías agregar como el vendedor (actual) adquirió la propiedad, lo que generalmente aparece en el dominio vigente. Ejemplo: “La Promitente Parte Vendedora la adquirió por compra a doña/ don XXXXXX, según escritura de fecha XXXX de XXXX del año XXXXX, otorgada en la notaría de (indicar comuna), de doña/ don XXXXXX, Repertorio Número XXXX.”

Además de lo anterior, para especificar la propiedad que se pretende vender, puedes agregar los deslindes, que normalmente se encuentran en el extracto que consta en el dominio vigente. Los deslindes se individualizan generalmente NORTE, SUR, ESTE, OESTE.

Si la propiedad tiene más de dos inscripciones, habría que agregarlo al contrato, esto pasaría a ser una promesa especial. Ejemplos que se este vendiendo un departamento con un estacionamiento y dicho estacionamiento fue comprado posterior al departamento o al contado generando una inscripción por el departamento y otra por el estacionamiento.

Si desea agregar alguno de estos puntos o desea que nosotros realicemos el contrato con las especificaciones particulares que usted necesite el costo es de $50.000.- (con 2 instancias de cambios solicitadas por el cliente). Por favor envíe un correo a juan.pedrero@corredorpro.cl solicitando su requerimiento. Nosotros nos contactaremos con usted en 24 horas (de lunes a viernes en horario de oficina).

Nuestras alternativas son: 30 días hábiles / 60 días hábiles / 90 días hábiles / 120 días hábiles. Igualmente, usted lo puede cambiar en la cláusula respectiva al recibir dicho documento.

El plazo en ventas con crédito hipotecario es muy variable, ya que depende de diversos actores, como, por ejemplo: ejecutivo del banco, tasador, ejecutivo hipotecario del banco, dirección de obras de la municipalidad respectiva (entrega de documentos), abogado del banco, algún documento que se deba arreglar, etc. El plazo podría ser de 2 meses hasta 4 meses. El caso más rápido es cuando el vendedor no tiene deuda hipotecaria y el comprador no tiene un crédito hipotecario por la propiedad, ahí el plazo podría ser de un mes.

Los plazos comentados son hasta la firma de la compraventa, no está considerado la inscripción en el conservador de bienes raíces. Igualmente, los títulos (documentos de la propiedad) pueden tener problemas y el tiempo será mayor para arreglarlos.

Para el caso de compraventa con crédito hipotecario, nosotros recomendamos un plazo de 90 días hábiles, plazo en el que generalmente se firma la compraventa antes sin inconvenientes. Para el plazo de una compra al contado firmar la escritura de compraventa habiendo revisado los títulos antes de la firma, seria en un mes.

Nuestras alternativas son: 10 días hábiles / 15 días hábiles / 20 días hábiles / 30 días hábiles. Igualmente, usted lo puede cambiar en la cláusula respectiva al recibir dicho documento.

Nosotros recomendamos 15 días hábiles. Es necesario entregar todos los documentos de la propiedad, escrituras, documentos municipales, etc. Igualmente, nuestro contrato establece que se puede dar un plazo adicional en caso de ser necesario. Considerar que los 15 días hábiles comentados corresponden obtener los documentos en la Región Metropolitana y en el Conservador de Bienes Raíces de Santiago (el que tiene la mayoría de las propiedades), si la propiedad está en otra región recomendamos verificar cuanto es el tiempo que demoran en entregar los documentos el Conservador y Municipalidad respectivo.

Es un análisis detallado del inmueble para determinar la situación jurídica de éste. Con dicho estudio se determina si la propiedad puede ser transferida o enajenada a un tercero (es posible comprarla). Muchas propiedades tienen limitaciones al dominio, es decir, hipotecas, embargos, u otras prohibiciones, como por ejemplo, posibilidad de expropiación. Por lo mismo, es fundamental que la persona que pretende adquirir una propiedad realice un estudio de título para verificar que el inmueble se encuentra totalmente saneado, libre de todo gravamen y listo para poder transferir el dominio y se pueda inscribir a nombre del comprador en el Conservador de Bienes Raíces respectivo

Si desea realizar un estudio de títulos del Inmueble podemos contactarlo internamente con un bufete de abogados externo. Por favor envíe un correo a juan.pedrero@corredorpro.cl solicitando su requerimiento. Nosotros nos contactaremos con usted en 24 horas (de lunes a viernes en horario de oficina).

Lo usual es que las contribuciones sean pagadas por el vendedor hasta el último periodo indicado en el SII antes de la entrega efectiva del Inmueble, no obstante, se puede cambiar por cualquiera de las alternativas que presenta nuestro contrato, lo que debe ser consensuado con el comprador.

Es importante establecer quién pagará los documentos, notarias, conservador, etc., para no tener discrepancias en el proceso. Nuestra propuesta es la que normalmente se usa, sin embargo, las personas pueden pactar los términos del contrato como gusten.

Los gastos notariales de la promesa de compraventa, se pagarán en partes iguales por la Promitente Parte Vendedora y Promitente Parte Compradora.

Los gastos provenientes de la documentación del inmueble para el adecuado estudio de títulos serán de cargo de la Promitente Parte Vendedora.

Los gastos que provengan del estudio de títulos, la escritura de compraventa y la inscripción en el Conservador de Bienes Raíces serán de cargo de la Promitente Parte Compradora.

Normalmente se establece una multa por el incumplimiento del contrato que va desde el 5% al 10% del inmueble. Si no se estipula la cláusula de multa en el contrato, los perjuicios económicos que genere la parte incumplidora a la parte cumplidora deberán ser probados ante el juez.

Recomendamos una multa del 10% del precio acordado de compraventa, igualmente depende del valor de la propiedad. Sugerimos que la multa sea por un monto tal que genere un incentivo a no incumplir la promesa y pague el comenzar un juicio para cobrar dicha multa.

Es aconsejable dejar cheques para las multas. Al momento de firmar la promesa de compraventa, estos documentos quedarán en poder del notario, firmando adicionalmente las respectivas instrucciones notariales, dejando en resguardo los cheques ante el señor(a) notario.
Al comprar en esta plataforma el contrato de promesa de compraventa y la instrucción notarial juntos te realizaremos un descuento en el precio de la instrucción notarial.

El vale vista endosable está a nombre del comprador y éste lo “endosa” a nombre del vendedor firmándolo al reverso y escribiendo el nombre del vendedor. De esta forma el vendedor lo puede cobrar o depositar en su cuenta.

Con el Rol de la propiedad se saca el avalúo fiscal, en éste se detalla “avalúo exento de impuesto” y “avalúo afecto a impuesto”, si el afecto es un monto distinto a cero pesos tu propiedad paga contribuciones.

Si no sabe cuál es el rol puede buscarlo en el SII ingresando en la pestaña “mis propiedades” o con el siguiente link indicando la dirección de la propiedad. En la misma página del SII puedes obtener el avalúo fiscal de la propiedad.

En caso de que se produzca un conflicto entre las partes y estas no lo puedan resolver, tienen derecho a concurrir a tribunales de justicia para zanjar el problema. Este mismo tribunal resolverá cuestiones como la restitución y el termino anticipado del contrato.
La cláusula del contrato de promesa de compraventa que comprarás designa el tribunal que resolverá los conflictos, el cual corresponderá por defecto al territorio jurisdiccional de la comuna en la cual se encuentre el Inmueble.

Ad corpus es una expresión en latín que significa “El cuerpo”. La expresión en sí, quiere decir que la propiedad que se vende o arrienda se hace en el estado en que actualmente se encuentra y se supone que los contratantes tienen conocimiento de este estado. Además, en caso de bienes inmuebles urbanos, no se requiere especificar sus cabidas.

Las condiciones u obligaciones copulativas son aquellas que se deben cumplir en su totalidad. En caso de incumplimiento de una de ellas, se puede extinguir la obligación o bien, no se considerará cumplida la condición.

Es recomendable dejar los correos electrónicos de cada parte que serán la vía oficial de comunicación del contrato. Si ocurriese alguna controversia el correo electrónico será una prueba para los tribunales.

Si tiene otras dudas al respecto que no estén aclaradas en este documento, por favor escríbanos a contratosonline@corredorpro.cl.